¿Te gusta YouTube (TM) ?

¿Hay algo tan natural como respirar?. Casi que me atrevería a decir que mirar contenido en YouTube(TM).

Siguiendo con la línea de lo que indican Las Leyes divinas a los mortales, quisiera mencionar que mirar videos en la red, algo tan natural, tan común, muy a menudo es un tamaño error, tal como lo enuncian los mandamientos para los noájidas. Miremos fuentes:

1. De todas las prohibiciones presentes en el marco de las Siete Leyes Universales, la concerniente al robo es quizás la más difícil ?de obedecer u observar. La Sicología y la Historia Humana concuerdan plenamente con la afirmación talmúdica de que, “el alma del hombre tiene un impulso hacia el incesto y el robo»(*).  Pero caer en el robo, a diferencia del incesto, es a menudo un asunto fácil y la oportunidad se presenta casi de manera constante. Más aun, el mandamiento que prohibe robar incluye aspectos que, sin un estudio conciensudo, podrían pasar desapercibidos y que podrian llegar a considerarse como parte de un comportamiento adecuado. Por tanto, es importante una revisión frecuente de las leyes sobre el robo.

(*) Talmud de Babilonia, Makkot 23b

21. Este acto de usurpar terreno del vecino (moviendo los linderos) trae consigo la idea de competencia desleal o injusta. Por ejemplo, si una persona tiene un negocio en una zona que solo sustentará un negocio de ese tipo, y alguien instala en la misma calle un negocio de la misma clase, esto se considera como mover los linderos de la propiedad del vecino(**).

22. O como hoy en dia, el acto de duplicar cassettes (o CD’s) de audio y video sin permiso (aun cuando sea para uso privado) es un acto que equivale a mover los linderos de un vecino, porque aquel que procede así niega a su compañero el derecho a ganarse la vida.}

(**) Shulján Aruj, Joshen Mishpat, cap?tulo 156, leyes 1-7

(Tomado de «El Camino del Gentil Justo, Una introducción a las Siete Leyes de los Hijos de Noé,  Chaim Clorfene & Yakov Rogalsky, capítulo 10-Robo, agosto de 2005)»

 

Antes de subir videos a YouTube(TM), hay que «declarar», mediante un click de aceptación, que el material que se está usando, no viola lo dispuesto en la ley para los derechos de autor (Copyright), lo que obviamente , miles hacen, infringiendo la ley.
YouTube, ha enfrentado (y sigue haciéndolo) numerosas demandas de disqueras y productoras de televisión, por la publicación de material sin la debida autorización del autor o propietario de las licencias, es muy conocido el litigio con Viacom, casa matriz del canal de videos MTV(TM), por la publicación en linea de miles de videos, que se han visto Billones de veces en internet, sin pagar derechos de autor.

Ahora bien, sabiendo que usar YouTube , en la mayoria de los casos,  supone una violación a la Ley Noájida que prohibe robar ¿que actitud asumir ante la «tentación» permanente del error?.
Bastante se nos ha insistido que las leyes proporcionan un marco para que el individuo desarrolle todo su potencial a través de su estudio y su cabal cumplimiento. Yo personalmente he sacado algunas conclusiones:

1. Al permitirle a una persona ganar lo que le corresponde por la autoría intelectual de su material, permite que la calidad artística prevalezca, pues carecer de financiamiento, traduce en limitar los recursos para que un autor (y toda la empresa tras bambalinas) desplieguen todo su potencial , para hacer de alguna producción, digna de ser comercializada.

2. El sustento de miles de personas que generalmente están en la cadena de producción de un video, película o cualquier tipo de material intelectual, audiovisual, o escenico, se ve amenazado, cada que se piratea, o se comercializa por debajo del valor estipulado por los propietarios de la licencia, forzando recortes, debido a la carencia de financiamiento, segun lo dispuesto en un proyecto, a traves de las ventas legales.

3. La pérdida de potencial propio: Cuando no tengo nada para ver , bien porque no encuentro calidad, o porque no dispongo de los recursos para comprar material debidamente adquirido, pagando licencia, podría encender la chispa creativa y generar mis propias producciones, que haran mas abundante el mundo y me desarrollaran , bien mis capacidades, y bien mi propio sustento a traves de mi propio talento, aportando algo al mundo. Es decir, monto mis videos a Youtube(TM), y me encargo que que el copyright sea cumplido.

Me queda la sensación de que las 7 leyes lejos están de ser un marco meramente restrictivo, mas bien, ponen en orden el mundo para ser un lugar donde El Eterno pueda morar, tal como lo afirman los sabios.

7 comentarios sobre “¿Te gusta YouTube (TM) ?”

  1. Con respeto al robo,  quiero contar algo que le paso a mi padre y a mi hijo en un supermercado.

     Mi padre estaba en la seccion de frutas, de repente paso por donde estaban unas exquisitas uvas moradas, las cuales se veian provocativas, sin dudarlo tomo una y la saboreo con ganas. Mi hijo, que conoce los 7 preceptos de Noah, puso el grito en el cielo y le dijo a su abuelo: » abuelo, eso es un robo». Y me miro a mi, como buscando consentimiento a su obervacion. Yo asenti con los ojos. Mi padre se sintio mal y prometio no volverlo hacer. Minutos mas tarde, a mi me dio sed y tome una botella de agua y me la empece a tomar, a sabiendas que cuando llegara la caja, la cancelaria. Nuevamente, mi hijo, volvio a poner el grito en el cielo, y me dijo que eso era un robo. Yo le explique que no, pues mi intencion era pagarla cuando llegara a la caja, pero EL, que no se le escapa una y que todo lo argumenta, me dijo: pero cuando te la tomaste no estaba paga? Yo le insiste en mi argumento, pero ahora viendo lo del robo, creo que hay miles de formas de robar y que no nos damos cuenta. Creo que mi hijo tenia razon.

  2. Bueno es muy concienzudo el articulo. Si miramos tmbn en parte participamos, se que nos equivocamos, pero hay que estudiar mas a fondo nuestros preceptos y ser muy estrictos. Con las imagenes, sin querer a veces cometemos robos, mi consejo seria tratar de buscar un banco de imagenes gratuito y no violar el copyright. Saludos.

  3. Gracias moré. Sería interesante ver cómo dos expertos en halajá discutirían sobre la idoneidad de aplicar los mismos derechos pensados para proteger bienes tangibles y limitados sobre bienes intangibles e ilimitados. Saludos

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