En el mundo de los sabios, en el ámbito de la legislación sagrada, es decir en el marco estricto y sagrado de la Halajá, NO se guía la persona y el colectivo por la opinion o dictamen de un individuo, sino que se debe seguir la legislación ya reglamentada, o en caso de no existir ésta, se hará caso al dictamen legal que surja del consenso entre autoridades legislativas (1).
Esto quiere decir que, por ejemplo, una luminaria inmensa como Maimónides ninguna ley acuñó por sí mismo, ni dictó reglas generales basado en su conocimiento, sino que solamente enseñó, aplicó e hizo aplicar lo que ya estaba legislado solamente. En los casos particulares, y solamente en estos, determinaba de acuerdo a su criterio fundamentado en bases solidamente establecidas en la Ley, sin innovar.
Así en todos los casos.
Cuando alguna luminaria innova, no tiene carácter de ley hasta que no recibe la validación legislativa de las autoridades legales correspondientes.
Pero, desde la época del Talmud tales autoridades ya no existen, por lo cual, solamente queda el basarse en la Ley establecida hasta ese momento, regulada y particularizada por autoridades competentes de acuerdo a cada situación específica.
Esto es así, es ley, es la manera de Dios de hacer las cosas, y será así hasta que se establezca un nuevo Sanhedrín con autoridad para todos los judíos y leales a Dios (Sanhedrín que no existe actualmente, a pesar de voluntariosos intentos de años recientes).
¿Cómo se debe entender esto para los noájidas?
Pues, que en lo que respecta a las leyes espirituales que conciernen que han sido codificadas desde antaño, NO ES LÍCITO Y LEGAL INNOVAR.
Si desde la época del Sanhedrín se ha establecido que la Torá no es para ser estudiada por gentiles, así debe seguir respetándose por TODO, aunque rabinos o maestros particulares indiquen otra cosa.
Otro ejemplo, que también involucra a judíos como a noájidas.
Está legislado y es ley que el estudio de la Cabalá es restringido a un núcleo pequeño de sabios.
Y si bien puede ser cierto que algunos maestros han dicho en las últimas décadas de promover la Cabalá entre judíos ignorantes y gentiles, esto no va de acuerdo con la legislación sagrada, sino que es completamente en contra de lo se debe hacer.
Por tanto, el gentil que anhela ser leal a Dios, no inquirirá en cosas que le son prohibidas ni demandará lo que no le corresponde.
Ni siquiera con el argumento de que tal o cual maestro o rabino le han dado autorización o promoción, ya que tal patrocinio no se adecua a la realidad halájica (legal) vigente, que debe ser acatada por todos sin excepciones.
Las promociones de estudios cabalísticos y de su hermana la jasidut, cuando provienen de autoridades rabínicas reconocidas y se fundamentan en la halajá y no como mera ilustración midráshica, deben ser tomadas con pinzas, en el sentido de adquirir conocimientos que atiendan al fotalecimiento de la identidad noájida correspondiente y no como verdadero estudios de Torá (en cualquiera de sus cuatro planos) que son terminantemente prohibidos por la halajá.
Repito, aunque grandes maestros digan de enseñar Torá a gentiles, especialemente partes que no corresponden directamente al fortalecimiento de la esencia noájica, esto no es una ley, ni siquiera es un fundamento para que sea hecho por el común de la gente. Son enseñanzas particulares, puntos de vista, ideas propias, que no tienen el aval de la legislación y no constituyen ley.
El noájida tiene su camino, tiene su misión, tiene su herencia y su modo de hacer las cosas que no debiera confundirse de ninguna manera con el judaísmo, pues esto promovería la confusión, el caos, el debilitamiento de los nexos sagrados que corresponden a judíos y noájidas, cada uno de acuerdo a su identidad.
Nos basamos en leyes generales para no caer en errores, porque las buenas intenciones apartadas de la legislación suelen terminar en error (2).
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(1) Maimóndes, Mishné Torá, Sanhedrin 8:1: «En asuntos legales en disputa se sigue a la mayoría en todos los casos, menos en cuestiones relativas a la aplicación individual de sentencia de muerte, tal como es mandamiento de la Torá«.
(2) Para profundizar: http://www.tora.co.il/parasha/amital/mishpatim_68.doc